octubre 26, 2011

ACTIMEL = veneno


VA PARA TODOS LOS QUE NO CREÍAN HACE YA DOS AÑOS CUANDO SE DIJO QUE ESTE PRODUCTO EN LUGAR DE FORTALECER NUESTRAS DEFENSAS NOS ESTABA ENFERMANDO.........
EL PRODUCTO SIGUE TAN CAMPANTE EN LAS GÓNDOLAS DE TODOS LOS SUPERMERCADOS MUY LAMENTABLE.......
  
NO TE ENVENENES 
NI ENVENENES A LOS TUYOS
CUIDATE Y CUIDA A TU FAMILIA
ESTO ESTÁ DOCUMENTADO, PROYECTO DE LEY

proyectodeley.png

 
Aquí está el por qué de la agresiva campaña de
La Serenísima
para enchufarnos

 
Actimel
sí o sí.

Unos caraduras de primera los hermanos Mastellone, a los que se suma Pancho Ibáñez por unos miserables pesos. 
Cuanta carroña hay, lamentablemente, en nuestra querida República. 
ACTIMEL provee al organismo una bacteria llamada L.CASEI que ayuda la proliferación de las defensas del cuerpo.. Esta sustancia es generada normalmente por el 98% de los organismos, pero como pasa con cualquier droga o medicamento cuando se le suministra externamente por un tiempo prolongado, el cuerpo deja de elaborarla. Así paulatinamente 'olvida'que debe hacerlo y cómo hacerlo, sobre todo en personas menores de 14 años, es por eso que también lo trae el Famoso'Danonino' y otros productos. 

En realidad, surgió como un medicamento para esas pocas personas que no lo elaboraban, pero ese universo era tan pequeño que el medicamento resultó no rentable; para hacerlo rentable se vendió su patente a empresas alimenticias. Es por eso que cuando el cuerpo deja de elaborar dicha sustancia si la dejás de consumir las defensas te bajarán drásticamente y te darán resfriados más seguidos, gripes o cualquier otra infección por no tener las defensas como corresponde. 
Así, al tomar Actimel te sentirás mejor por que volverás a suministrar L. Casei al cuerpo. Volviéndote 'adicto' a ese producto para poder seguir con tu vida normal. Por eso en los comerciales dicen 

'Consúmala por 15 días y verá la diferencia, y sale gente diciendo 'Ahora lo tomo todos los días' Secretaría de Salud obligó a ACTIMEL (La Serenísima) a indicar en su publicidad que el producto no debe consumirse por un tiempo prolongado; y cumplieron, pero en una forma tan sutil que ningún consumidor lo percibe ( Ej.: 'Desafío Actimel: consúmalo durante 14 días' o 'haga de agosto su Actimel').
 

Si una madre decide completar la dieta con ACTIMEL, no percibe ningún aviso sobre su inconveniencia y no ve que puede estar haciendo un daño importante al futuro de sus hijos a causa de las manipulaciones publicitarias para impulsar los negocios.

¡¡¡¡¡¡¡PASALO¡¡¡¡¡¡¡PASALO¡¡¡¡¡¡PASALO!!!!! 
Esto es cierto.
Si no lo creen, busquen el siguiente
PROYECTO DE LEY del diputado . RAUL PATRICIO SOLANAS (PJ - Entre Ríos) en la página de la Cámara de Diputados de la Nación
Este es el proyecto que me tomé el trabajo de bajar:
H.Cámara de Diputados de la Nación
PROYECTO DE LEY
Texto facilitado por los firmantes del proyecto. Debe tenerse en cuenta que solamente podrá ser tenido por auténtico el texto publicado en el respectivo Trámite Parlamentario, editado por la Imprenta del Congreso de la Nación.
Nº de Expediente
1405-D-2007
Trámite Parlamentario
027 (11/04/2007)
Sumario
BACTERIA "L CASEI DEFENSIS": OBLIGATORIEDAD DE INCLUIR UNA LEYENDA EN PRODUCTOS ALIMENTICIOS DE CONSUMO HUMANO, ADVIRTIENDO SUS CONTRAINDICACIONES.
Firmantes
SOLANAS, RAUL PATRICIO.
Giro a Comisiones
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA; DEFENSA DEL CONSUMIDOR.
El Senado y Cámara de Diputados,...
INCLUSION EN LOS PROSPECTOS DE UNA LEYENDA ADVIRTIENDO LAS CONTRAINDICACIONES EN PRODUCTOS ALIMENTICIOS QUE CONTENGAN LA BACTERIA L CASEI DEFENSIS
Artículo 1°: Será obligatorio indicar en todos los productos alimenticios, sustancias alimenticias y bebidas destinadas al consumo humano que contengan la bacteria L Casei Defensis lo siguiente:
a) Leyenda sobre contraindicaciones, efectos secundarios y advertencias que contenga el producto;
b) Dosis recomendadas;
c) Certificación de organismos públicos de regulación.
Art. 2°: La leyenda referida al artículo anterior deberá ser clara y visible para el consumidor.
Art. 3°: Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El proyecto de ley que se somete a la consideración del Honorable Congreso de la Nación tiene por finalidad incorporar en los prospectos de los productos alimenticios, sustancias alimenticias y bebidas destinadas al consumo humano que contengan la bacteria L Casei Defensis una leyenda que indique las contraindicaciones, efectos secundarios y/o adversos del mismo en el consumo diario, continuo, y/o prolongado; pero de una manera clara y fácil de ser visible.
Dicha finalidad se basa en la necesidad de proteger los derechos de los consumidores, establecidos en nuestra Constitución Nacional y garantizar el acceso a la información, principalmente en productos que son consumidos como complementos de la capacidad de defensa inmunológica.
L casei defensis es una bacteria perteneciente al grupo de los lactobacilos o Lactobacillus que se puede encontrar espontáneamente en los alimentos de origen lácteo y viviendo en simbiosis -asociación- con el resto de bacterias habituales del intestino humano. Se caracterizan por formar ácido láctico como producto principal de la fermentación de los azúcares dando lugar a yogur a partir de la leche y otros productos comestibles como los quesos.
Es considerable destacar que diversos estudios realizados han confirmado que en el intestino humano, la L casei defensis ha demostrado que puede reducir la incidencia y disminuir la duración de ciertos tipos de diarrea de origen infeccioso ejerciendo un papel protector sobre la flora intestinal normal lo que condiciona a su vez un mejor funcionamiento de las células que conforman las paredes intestinales. También, han demostrado mejorar algunos de los parámetros - medidas de valoración- del sistema inmunológico -defensivo- intestinal local. En concreto, las bacterias del género Lactobacillus se distinguen por su capacidad de atravesar en gran número la barrera gástrica y sobrevivir durante el tránsito intestinal, lo que permite desarrollar sus efectos beneficiosos en el intestino. Entre dichos efectos beneficiosos de los Lactobacillus destaca el mantenimiento de la flora intestinal, la modulación de la renovación celular a nivel del epitelio intestinal, la contribución a la conservación del equilibrio del sistema inmunológico.
Sin embargo, no hay pruebas de que estos resultados puedan ser extrapolables al sistema inmunológico general. Es decir, actualmente no se puede afirmar que la presencia de esta bacteria en el intestino nos pueda proteger frente a una infección sistémica como pudiera ser, por ejemplo, una gripe. Incluso se ha descubierto que esta bacteria es generada normalmente por el 98% de los organismos, pero cuando se le suministra externamente por un tiempo prolongado, el cuerpo deja de elaborarla y paulatinamente "olvida" que debe hacerlo y cómo hacerlo, sobre todo en personas menores a 14 años. En realidad, surgió como un medicamento para esas pocas personas que no lo elaboraban, pero ese universo era tan pequeño que el medicamento resultó no rentable; y para hacerlo rentable se vendió su patente a empresas alimenticias. Además, existen varios trabajos de experimentación en animales y humanos que han demostrado que el consumo de ciertos probióticos y prebióticos, como esta bacteria disminuye el nivel de colesterol en sangre, sin embargo, aunque se han sugerido posibles mecanismos, ninguno se ha verificado.
En consecuencia, el Gobierno Nacional a través de la Secretaría de Salud obligó a la Empresa Láctea "La Serenísima" a indicar en su publicidad que el producto no debe consumirse por un tiempo prolongado; y cumplieron, pero en una forma tan sutil que ningún consumidor lo percibe (por ejemplo "desafío actimel: consúmalo durante 14 días" o "haga de agosto su actimel"). Es decir que si una madre decide completar la dieta con cualquier producto alimenticio que contenga la bacteria L Casei Defensis, no percibe ningún aviso sobre su inconveniencia y no ve que puede estar haciendo un daño importante a futuro a causa de las manipulaciones publicitarias para impulsar los negocios; y tampoco se le informa a esa madre que al hijo le está suministrando un medicamento.
Es por ello, que consideramos fundamental que mediante una Ley se obligue a todas las empresas alimentarías a indicar en sus productos estos efectos colaterales para que la población sea quién decida consumir o no dicho producto, y se evite ser engañada mediante avisos publicitarios. Se trata de proteger y ejercitar uno de los principios básico del Estado que es garantizar la salud de su pueblo mediante acciones concretar e intervención directa.
Por las razones aludidas solicito de mis pares, la aprobación del presente proyecto de ley.-